
Qué pasa si me despiden y la empresa es insolvente
Como abogado laboralista especializado y con amplia experiencia en Bizkaia, recibo a menudo consultas de trabajadores preocupados por una situación especialmente delicada: qué pasa si me despiden y la empresa es insolvente. Este es un problema cada vez más frecuente en sectores con dificultades económicas, y genera incertidumbre no solo en cuanto a la pérdida del empleo, sino también respecto a la indemnización por despido y a los salarios impagados o nóminas atrasadas que pueda deber la empresa.
Soy Eriz Vázquez Larroca y en este artículo quiero explicar de manera clara qué derechos asisten a un trabajador cuando la empresa está en situación de insolvencia empresarial o incluso en concurso de acreedores, así como quién paga la indemnización y qué pasa si además existen nóminas pendientes de pago.
La insolvencia de la empresa y el concurso de acreedores
Cuando una empresa no puede atender sus pagos, hablamos de insolvencia. En muchos casos, esto desemboca en un concurso de acreedores, un procedimiento judicial que trata de ordenar el pago de las deudas de la empresa entre todos sus acreedores, dando prioridad en principio a los trabajadores. Pero la existencia de prioridad no garantiza que cobres: si la empresa carece de patrimonio suficiente, será necesario recurrir a mecanismos de garantía como el FOGASA.
Por ello, una de las preguntas más habituales en mi despacho es precisamente: ¿quién paga la indemnización si la empresa es insolvente?
La respuesta es que el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) es quien asume esa obligación cuando la empresa no puede pagar porque se ha declarado insolvente o está en concurso, siempre dentro de unos límites y condiciones que detallaré a continuación.
Qué paga el FOGASA en caso de despido e insolvencia empresarial
El FOGASA es un organismo público que garantiza el cobro de determinados créditos laborales cuando el empresario no puede hacerse cargo de ellos. Es importante tener en cuenta qué conceptos cubre exactamente y hasta qué cuantía.
En primer lugar, FOGASA cubre la indemnización por despido objetivo o improcedente cuando la empresa ha sido declarada insolvente o está en concurso de acreedores. Pero no cubre toda indemnización de forma ilimitada, sino solo hasta un máximo de 30 días por año trabajado, con el tope de 12 mensualidades, calculadas sobre un salario diario que no supere el doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente.
Por tanto, incluso si un tribunal te reconoce una indemnización superior (por ejemplo, porque tenías un salario alto o muchos años de antigüedad), debes tener en cuenta que el límite de FOGASA de indemnización puede hacer que solo recibas una parte.
En segundo lugar, el FOGASA también cubre los salarios impagados, incluyendo las nóminas atrasadas y otros conceptos salariales reconocidos en convenio o contrato, hasta un máximo de 120 días y aplicando el mismo tope diario de doble SMI. Aquí es donde entra en juego la pregunta que muchos clientes me hacen: qué pasa si la empresa también me debe nóminas además de no pagarme la indemnización.
En definitiva, el FOGASA garantiza parcialmente tanto las indemnizaciones por despido como los salarios impagados, pero siempre dentro de límites cuantitativos muy claros y nunca de forma automática.
Procedimiento para reclamar al FOGASA salarios e indemnización
Desde mi experiencia en Bizkaia, donde hemos asesorado a numerosos trabajadores en este tipo de procedimientos, puedo confirmar que es fundamental seguir los pasos correctamente. Reclamar al FOGASA no es algo que se pueda hacer de forma inmediata tras el despido: antes deben cumplirse determinados requisitos y trámites previos.
Estos son los pasos clave:
- Reconocimiento de la deuda: Es necesario que la indemnización o los salarios impagados hayan sido reconocidos formalmente, ya sea mediante acuerdo en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) o mediante sentencia judicial firme. Esto implica, en la mayoría de los casos, presentar primero una papeleta de conciliación y, si no hay acuerdo, interponer demanda en el Juzgado de lo Social correspondiente.
- Declaración de insolvencia: Aunque tengas una sentencia favorable, si la empresa no paga voluntariamente, deberás solicitar la ejecución judicial. Será el propio juzgado quien declare formalmente la insolvencia de la empresa cuando constate que no tiene bienes suficientes para hacer frente a la deuda.
- Plazo para reclamar al FOGASA: Desde que se obtiene la resolución judicial o la declaración de insolvencia, dispones de un mes para presentar la solicitud ante FOGASA. Este plazo es esencial: si lo dejas pasar, puedes perder el derecho a cobrar.
- Solicitud formal y documentación: La solicitud debe acompañarse de la documentación que acredita tanto la existencia de la deuda como la insolvencia de la empresa.
Todo este procedimiento puede alargarse varios meses, lo que incrementa la preocupación del trabajador. Por eso siempre recomiendo actuar con rapidez y asesorarse desde el primer momento.
Qué límites tiene el FOGASA
Insisto en que es importante conocer qué paga el FOGASA y en qué condiciones. El FOGASA no cubre cualquier tipo de indemnización: por ejemplo, no paga indemnizaciones voluntarias pactadas entre empresa y trabajador si no están reconocidas en sentencia o acto de conciliación, ni tampoco indemnizaciones que deriven de la extinción del contrato por causas ajenas al despido (como acuerdos voluntarios o bajas voluntarias).
Además, aunque cubre también pagas extra y otros conceptos salariales, siempre lo hace dentro de los 120 días máximos y el tope de doble SMI diario.
Otra limitación importante es que el FOGASA actúa como garante subsidiario, es decir, no sustituye a la empresa desde el primer momento, sino que solo interviene cuando se acredita judicialmente que la empresa no puede pagar. Esto significa que es necesario siempre iniciar previamente un procedimiento de reclamación y obtener una resolución judicial favorable antes de poder acudir al FOGASA.
Por qué es clave contar con asesoramiento especializado
En mi despacho en Bizkaia acompañamos a trabajadores que se encuentran en situaciones como estas, y sabemos que no es fácil enfrentarse a los trámites, los plazos y las limitaciones que impone la ley. Cuando un trabajador ha sufrido un despido en el contexto de una empresa insolvente, además de afrontar la pérdida de su empleo, debe gestionar procedimientos legales complejos y en ocasiones prolongados en el tiempo.
Por ello, siempre recomiendo consultar cuanto antes con un abogado laboralista especializado que pueda ayudarte a evaluar tu caso concreto, calcular la cuantía exacta que podrías cobrar del FOGASA y encargarse de presentar correctamente las reclamaciones en plazo y forma.
Conocer bien las reglas de juego (como qué paga el FOGASA, los límites de FOGASA en la indemnización, cómo reclamar al FOGAS Alos salarios en la indemnización, qué hacer si la empresa entra en concurso de acreedores o si no paga salarios ni indemnización) es esencial para no perder oportunidades y proteger tus derechos como trabajador.
Por tanto,si te despiden y tu empresa es insolvente, no estás indefenso. Existe un sistema legal que protege tus derechos y que permite cobrar tanto la indemnización por despido como los salarios impagados a través del FOGASA, siempre dentro de unos límites y respetando determinados procedimientos y plazos.
Como abogado laboralista en Bizkaia con experiencia en estos casos, te animo a que busques asesoramiento especializado desde el primer momento para poder reclamar lo que te corresponde con plenas garantías y sin dejar pasar los plazos clave. En Vázquez Larroca Abogados ofrecemos te ayudamos a resolver tus dudas e iniciar el procedimiento. Si lo deseas puedes ponerte en contacto conmigo y estudiaré tu situación de forma personalizada.