Ley de Jurisdicción Voluntaria

Pareja divorciándose
Pareja divorciándose

Ley de Jurisdicción Voluntaria

Con la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria es posible divorciarse de mutuo acuerdo en la Notaría siempre que se den una serie de requisitos.

Una de las muchas novedades que contiene la Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria es la posibilidad de divorciarse de mutuo acuerdo en la Notaría.

De esta forma los cónyuges pueden optar actualmente entre tramitar su divorcio de mutuo acuerdo en el Juzgado o en la Notaría. Desde este despacho de Portugalete, aconsejamos que el divorcio de mutuo acuerdo se realice en la medida de lo posible en la notaria, ya que se agilizan los trámites (el juzgado es mucho más lento).

Es por ello que,  este despacho de Portugalete especializado en divorcios y divorcios de mutuo acuerdo aconseja realizar el divorcio de mutuo acuerdo en la notaria.

De cualquier forma, sí se debe señalar que para divorciarse de mutuo acuerdo en la Notaría deben de concurrir unos requisitos, ya que, de lo contrario, necesariamente deberán de dirigirse al Juzgado para tramitar el divorcio.

Antes de mencionar los requisitos referidos debemos resaltar que tanto si se elige la Notaría como el Juzgado es obligatoria la presencia de un Abogado. 

REQUISISTOS exigidos para poder divorciarse de mutuo acuerdo en la Notaría: 

1º.-Que sea un divorcio de mutuo acuerdo.

2º.-Que se lleve más de tres meses casados.

3º.-Que no existan hijos menores de edad o que hayan sido incapacitados legalmente. De existir hijos mayores de edad deberán prestar su consentimiento ante el notario respecto de las medidas que les afecten por carecer de ingresos propios y convivir en el domicilio familiar.

4º.-Que la mujer no se encuentre embarazada en el momento de instar el divorcio.

El procedimiento de divorcio o de separación en la Notaría consistirá en prestar por parte de los cónyuges su voluntad de divorciarse, incorporándose esta declaración y el Convenio Regulador en la correspondiente Escritura.

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